Trabajadores menores de edad
Documento para ayudar a las pymes a garantizar una protección eficaz de los trabajadores jóvenes.
- ¿Cuál es mi obligación como empresa?
Garantizar una protección efectiva de los menores de edad en relación a los riesgos del trabajo.
- ¿Qué es la protección de los trabajadores menores de edad?
Los trabajadores de 16 y 17 años son un colectivo especialmente sensible y por ello deben tomarse medidas específicas para proteger su seguridad y su salud.
- ¿Cuándo debe realizarse?
El deber de protección es exigible antes de la incorporación al trabajo de los jóvenes menores de dieciocho años y cuando se produzca cualquier modificación importante de sus condiciones de trabajo.
- ¿Qué debe tener en cuenta la empresa?
Todos aquellos riesgos, procedimientos y condiciones de trabajo que pudieran influir negativamente en la salud de los menores debido a su falta de experiencia, su inmadurez y su desarrollo, todavía incompleto.
- ¿Qué tengo que hacer para llevarla a cabo?
- Revisar la evaluación de riesgos, para comprobar si en tu empresa existe alguna de las fuentes de daño o tareas enumeradas en los listados de este documento.
- Adoptar las medidas necesarias para que los menores no estén expuestos a dichos riesgos.
- Informar a dichos jóvenes, así como a sus padres o tutores, de los riesgos y las medidas adoptadas para la protección de su seguridad y su salud.
- Informar a la entidad con la que tienes contratada la vigilancia de la salud acerca de la incorporación de estos menores para que valoren la necesidad de adoptar medidas preventivas adicionales.